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Título : La junta central de conciliación y arbitraje del Estado de Michoacán, 1931-1940
Autor : Acosta Medina, Everardo
Asesor: Pérez Escutia, Ramón Alonso
Palabras clave : info:eu-repo/classification/cti/4
FH-L-2005-0014
Tesina
Movimiento obrero
Legislación
Laboral
Fecha de publicación : nov-2005
Editorial : Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo
Resumen : One of the items little studied until now of the constructive process of the Mexican Revolution, without a doubt is the one related to the duties and obligations of the workers, in what frames the relationship with their bosses. In the General Constitution of the Republic of 1917, through the content of Article 123, the basic aspects on which the labor policy of the regimes emanating from that social movement were to be regulated since then, with the purpose of arbitrating with the greatest impartiality possible the conflicts that arise between these actors. From the moment the Magna Carta was promulgated in 1917 and up to the height of Cardenismo's social, economic, and political reforms, several years passed during which the labor movement in Mexico acquired its basic nuances, and emerged as one of the great aspects in the configuration of the national reality, to the extent that its member groups have become one of the main allies of the triumphant political factions for the construction of the post-revolutionary State. During this period, several of the main regulatory instances of union dynamics were formed, to balance their relationship with their employer counterpart, as was the case of the Federal Labor Law of 1931, which was preceded by several attempts in some federal entities to establish their own legislation, which would allow addressing the problems raised by economic development, mainly in those where industrialization was reactivated as soon as the armed struggle ceased, a phenomenon that impacted the core of production relations.
Uno de los rubros hasta ahora poco estudiados del proceso constructivo de la Revolución Mexicana, sin duda alguna es el relacionado con los deberes y obligaciones de los trabajadores, en lo que enmarca la relación con sus patrones. En la Constitución General de la República de 1917, a través del contenido del Artículo 123, quedaron plasmados los aspectos básicos sobre los que se habría de normar desde ese entonces la política laboral de los regímenes emanados de ese movimiento social, con el objeto de arbitrar con la mayor imparcialidad posible los conflictos que se suscitaran entre esos actores. Desde el momento en que fue promulgada la Carta Magna en el año de 1917 y hasta el apogeo de las reformas sociales, económicas y políticas del cardenismo, transcurrieron varios años durante las cuales el movimiento obrero adquirió en México sus matices básicos, y se perfiló como uno de los grandes aspectos en la configuración de la realidad nacional, al grado de haberse constituido las agrupaciones integrantes de éste en uno de los principales aliados de las facciones políticas triunfantes para la construcción del Estado posrevolucionario. En ese lapso se conformaron varias de las principales instancias reguladoras de la dinámica sindical, para equilibrar su relación con su contraparte patronal, como fue el caso de la Ley Federal del Trabajo de 1931, a la que antecedieron varios intentos en algunas entidades federativas para constituir una legislación propia, que permitiera atender la problemática que suscitada por el desarrollo económico, principalmente en aquellas donde la industrialización se reactivo apenas cesó la lucha armada, fenómeno que impactaba la parte medular de las relaciones de producción.
Descripción : Facultad de Historia. Licenciatura en Historia
URI : http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/13458
Aparece en las colecciones: Licenciatura

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