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Título : Ventajas y obligaciones de una persona física con actividad empresarial al tributar en el régimen intermedio
Autor : Calderón Montañez, Mary Eugenia
Asesor: Peña Zalapa, Alma Angelina
Palabras clave : info:eu-repo/classification/cti/5
FCCA-L-2010-0428
Tesina
Ventajas y obligaciones
Persona física
Régimen intermedio
Fecha de publicación : sep-2010
Editorial : Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Resumen : According to the Civil Code, a natural person is an individual with legal capacity to contract and bind, that is, the subject of rights and obligations, rights acquired since birth and lost by death, as well as obligations acquired upon arrival to adulthood. An individual has the obligation under section IV of art. Of the Constitution of the United Mexican States to contribute to public expenditure of both the Federation, Federal District or the State and municipalities residing in a proportionate and equitable in accordance with the provisions of law 31. The intermediate regime is an optional regime, which can pay their taxes Individuals engaged in trade, industry, transport, farming and / or livestock; provided that their income has not exceeded $ 4,000,000.00 in the previous year. Intermediate Regime business activities of natural persons is attractive in itself for the few administrative provisions that must be met, compared to the so-called General System of Law. One of these administrative situations is that they allow Taxpayers who decided taxed under Title IV, Chapter II, and Section II, is not to keep accounts pursuant to the Tax Code of the Federation and its Regulations. This case study aims to learn more about the tax provisions of intermediate regime, highlighting it, the advantages and disadvantages of it, and which are subject Individuals with business activities.
De acuerdo con el Código Civil una persona física es aquel individuo con capacidad jurídica propia para contratar y obligarse, es decir, sujeto de derechos y obligaciones, derechos que adquiere desde su nacimiento y se pierde por la muerte, así como obligaciones que adquiere al llegar a la mayoría de edad. Una persona física tiene como obligación, según la fracción IV del art. 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contribuir a los gastos públicos tanto de la Federación, Distrito Federal o del Estado y Municipios en que resida de manera proporcional y equitativa de conformidad a lo que dispongan las leyes. El Régimen intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las Personas Físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias y/o ganaderas; siempre que sus ingresos no hayan excedido de $ 4,000,000.00 en el año anterior. El Régimen Intermedio de las actividades empresariales de las Personas Físicas es atractivo en sí por las pocas disposiciones de carácter administrativo que se tienen que cumplir, en comparación con el llamado Régimen General de Ley. Una de esas situaciones administrativas es que se les permite a los contribuyentes que decidieron tributar conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II, es la de no llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. Este caso práctico está encaminado a conocer más acerca de las disposiciones fiscales del Régimen Intermedio, destacando así mismo, las ventajas y desventajas de éste, y al cual están sujetas las Personas Físicas con Actividades Empresariales.
Descripción : Facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas. Licenciatura en Contaduría
URI : http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/14722
Aparece en las colecciones: Licenciatura

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