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http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/672
Título : | Establecimiento del divorcio sin invocación de causa en la legislación familiar para el Estado de Michoacán |
Autor : | Guía Velázquez, Esther Berenice |
Asesor: | Ramírez Ochoa, Ernesto |
Palabras clave : | info:eu-repo/classification/cti/5 FDCS-M-2015-1586 Familia Matrimonio Sociedad Causales |
Fecha de publicación : | ago-2015 |
Editorial : | Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo |
Resumen : | This research work aims to demonstrate that the necessary causal divorce and twenty established in our family system, has been overtaken by the demands that society Michoacan, in the sense that there is an urgent need to establish a new type divorce allowing marriages to seek its dissolution, the power to divorce without many complications. Likewise, it is established that marriage and the family as social institutions of public policy, are considered primordial cell of society, where the state has a duty to safeguard them, as long as no transgresses, obstructs or to strive to maintain unsustainable marriages they are seeking to divorce, it is also the obligation of the search and purchase the best means to avoid at all costs, conflicts that occur in the divorce proceedings necessary, in most cases degrade to family members and thus to society. Concluding that is suitable for Michoacan society that state given the possibility of freely apply either unilaterally or bilaterally divorce without invocation of cause, with the simple expression of the will of not wanting to continue the marriage, which will bring as favorable consequences, that minimize conflicts between families, reduce unnecessary costs and avoid the psychological and emotional stress for spouses and children. El presente trabajo de investigación, tiene como finalidad demostrar que el divorcio necesario y sus veintidós causales, establecido en nuestro ordenamiento familiar, ha sido rebasado por las exigencias que demanda la sociedad michoacana, en el sentido de que urge la necesidad de establecer un nuevo tipo de divorcio que permita a los matrimonios que busquen la disolución del mismo, el poder divorciarse sin tantas complicaciones. Así mismo, se establece que el matrimonio y la familia como instituciones sociales de orden público, se consideran célula primordial de la sociedad, en donde el estado tiene el deber de salvaguardarlas, siempre y cuando no trasgreda, obstaculice o se empeñe en mantener matrimonios insostenibles que pretendan divorciarse, pues es también la obligación de éste buscar y dar los medios idóneos para evitar a toda costa, conflictos que se producen en el juicio de divorcio necesario, que en la mayoría de los casos degradan a los integrantes de la familia y por ende a la sociedad. Concluyendo que es conveniente para la sociedad michoacana, que el estado otorgue la posibilidad de solicitar libremente ya sea de forma unilateral o bilateral el divorcio sin invocación de causa, con la simple manifestación de la voluntad de no querer continuar con el matrimonio, lo que traerá como consecuencias favorables, que se minimicen los conflictos entre familiares, se reduzcan gastos innecesarios y se evite el desgaste psicológico y emocional para los cónyuges e hijos. |
Descripción : | Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Maestría en Derecho |
URI : | http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/672 |
Aparece en las colecciones: | Maestría |
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