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Título : La efectividad jurídica de los derechos sociales en la constitución mexicana
Autor : Terán Serrato, Osciel
Asesor: Madrigal Guerrero, Susana
Palabras clave : info:eu-repo/classification/cti/5
FDCS-M-2016-0303
Derechos sociales
Sociedad
Exigibilidad
Fecha de publicación : feb-2016
Editorial : Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Resumen : The group of independent laws that establish different principles and protective procedures for the people in a scale from weak economic position, is called Social Rights, also denominated like prestacionales rights, of second generation, and complementary whose fulfillment represents the protection of the primary exigencies of a society. In Mexico the nature of the social rights is not unknown due to the existence of a History that dates from at least a century ago, and although the nature of terms and concepts is not unknown either, Researchers as Carbonell indicates that the country still in an early stage of adaptation and the main challenge of its consolidation has come analyzing recently. In the present Mexican Constitution, the Social Rights have gained little by little a place along the years at the reason of their origin after the revolutionary movement of 1910. Nevertheless the life of a Mexican is not simple to take in a country in conditions of under-development, where the poverty is only the introduction of a series of limitations that affect the total social coexistence directly, and where everytime the search becomes more urgent from a mechanism able to support a real model of social rights, that takes care of the difficulties of cultural nature, economic, political and social.
El conjunto de leyes autónomas que establecen diferentes principios y procedimientos protectores en favor de las personas en una escala de débil posición económica, son llamados Derechos Sociales, denominados también como derechos prestacionales, de segunda generación, y complementarios cuyo cumplimiento representa la protección de las exigencias primarias de una sociedad. En México la naturaleza de los derechos sociales no es desconocida debido a la existencia de un historial que data de hace al menos un siglo, y aunque la naturaleza de términos y conceptos tampoco es desconocida, investigadores como Carbonell señalan que el país se encuentra todavía en una etapa temprana de adaptación y el principal reto de su consolidación se ha venido analizando recientemente. En la Constitución Mexicana actual, los Derechos Sociales se han ganado de a poco un lugar a lo largo los años a razón de su origen después del movimiento revolucionario de 1910. Sin embrago de lo anterior la vida de un mexicano no es sencilla de llevar en un país en condiciones de subdesarrollo, donde la pobreza es solo el preámbulo de una serie de limitaciones que afectan directamente la plena convivencia social, y en donde cada vez se vuelve más urgente la búsqueda de un mecanismo capaz de solventar un modelo real de derechos sociales, que atienda las dificultades de índole cultural, económico, político y social.
Descripción : Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Maestría en Derecho
URI : http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/711
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