Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/862
Título : El recurso de revisión en el incidente de suspensión del amparo indirecto
Autor : Anaya Villegas, Francisco Javier
Asesor: García Herrera, Mario Alberto
Palabras clave : info:eu-repo/classification/cti/5
FDCS-E-2008-0650
Tesina
Juicio
Revisión
Fecha de publicación : may-2008
Editorial : Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Resumen : The cornerstone of the amparo trial is the suspension of acts of authority that are claimed by the aggrieved person as they violate their individual guarantees, thus preventing them from being executed while ruling on the principal issue of granting or not granting protection. Justice of the Union. In the Indirect Amparo that is filed if requested by the complainant, the provisional suspension is granted at the time of the admission of the demand for guarantees; Already in the development of the procedure previous integration of an incidental notebook and when the existence and nature of the claimed act is already known, the respective hearing is carried out after which the definitive suspension is granted or denied; However, this type of suspension is not always granted, regardless of whether the provisional one has been previously granted, so that the complainant has before this situation the opportunity to challenge that incidental resolution through the appeal of review that must be filed within the Ten days following the date of its notification; However, the interposition of the remedy does not prevent the acts of authority claimed are carried out, regardless of whether the enforcement of the amparo promoted is without substance.
La parte medular del juicio de amparo es la suspensión de los actos de autoridad que son reclamados por el agraviado al considerarlos violatorios de sus garantías individuales, evitando así que se ejecuten mientras se resuelve en lo principal sobre la concesión o no de la protección de la Justicia de la Unión. En el Amparo Indirecto que se interponga si se solicita por el quejoso, la suspensión provisional se otorga al momento de la admisión de la demanda de garantías; ya en el desarrollo del procedimiento previa integración de un cuaderno incidental y cuando ya se conoce la existencia y naturaleza del acto reclamado, se lleva a cabo la audiencia respectiva después de la cual se otorga o se niega la suspensión definitiva; sin embargo no siempre se concede éste tipo de suspensión, ello con independencia de que se haya otorgado previamente la provisional, por lo que el quejoso tiene ante esta situación la oportunidad de impugnar esa resolución incidental mediante el recurso de revisión que deberá interponer dentro de los diez días siguientes al en que surta efectos su notificación; empero, la interposición del recurso no evita que los actos de autoridad reclamados se lleven a cabo, sin importar que de ejecutarse quede sin materia el amparo promovido.
Descripción : Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Especialidad en Derecho procesal
URI : http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/862
Aparece en las colecciones: Especialidad

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
FDCS-E-2008-0650.pdf352.95 kBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.