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http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/865
Título : | Autoridad responsable. Legitimación para interponer el recurso de revisión en el amparo indirecto en materia civil y mercantil |
Autor : | Medina Treviño, Susana |
Asesor: | Arreola Vega, Fernando |
Palabras clave : | info:eu-repo/classification/cti/5 FDCS-E-2009-0002 Tesina Juicio Recurso |
Fecha de publicación : | ago-2009 |
Editorial : | Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo |
Resumen : | Nowadays, in the field of law, the search, analysis and reflection of knowledge has taken its toll. Therefore, lawyers have faced the clarification of the premise: Due to the fallibility of the judgments and the impossibility of the authority responsible to file the appeal for review in the indirect amparo in civil and commercial matters, really the main purpose of the trial Of amparo is the constitutionality of acts of authority. That is, we are really talking about security or protection in favor of those governed by the rule of law, in which the activity of the courts is subject to pre-established norms, contrary to the principle of constitutionality, inherent in the laws that The rule must be subject to the Constitution, from the time the rule is issued until its application. In the execution of the functions proper to the State, we find that the legislator has formulated various procedures, of course aimed at various purposes, but he did. Hoy por hoy en el campo del derecho ha tomado auge la búsqueda, el análisis y la reflexión del conocimiento. Por ello, los juristas nos hemos enfrentado al esclarecimiento de la premisa: Debido a la falibilidad de los fallos y la imposibilidad de la autoridad responsable para interponer el recurso de revisión en el amparo indirecto en materia civil y mercantil, realmente la principal finalidad del juicio de amparo es la constitucionalidad de los actos de autoridad. Esto es, verdaderamente hablamos de seguridad o protección en favor de los gobernados dentro de un Estado de Derecho, en la que la actividad de los órganos jurisdiccionales, está sometida a normas preestablecidas, que contrarían el principio de constitucionalidad, inherente a que las leyes que la rigen deben de estar sometidas a la Constitución, desde que se expide la norma hasta su aplicación. En la ejecución de las funciones propias del Estado, encontramos que el legislador ha plasmado diversos procedimientos, por supuesto encaminados a variados fines, pero lo hizo. |
Descripción : | Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Especialidad en Derecho procesal |
URI : | http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/865 |
Aparece en las colecciones: | Especialidad |
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