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La constitucionalización de los derechos humanos y sus tratados internacionales en la perspectiva de la SCJN, una oportunidad para adoptar el bloque constitucional de derechos humanos

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dc.rights.license http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.contributor.advisor de la Torre Torres, Rosa María
dc.contributor.advisor Ramos Quiros, Francisco
dc.contributor.author Contreras Pérez, Cinthya Judith
dc.date.accessioned 2020-02-12T15:29:24Z
dc.date.available 2020-02-12T15:29:24Z
dc.date.issued 2019-02
dc.identifier.uri http://bibliotecavirtual.dgb.umich.mx:8083/xmlui/handle/DGB_UMICH/1400
dc.description Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Maestría en Derecho es_MX
dc.description.abstract The internationalization of human rights has resulted in a vast number of international instruments, which when adopted in good faith by the States must incorporate them into their legal systems, since these instruments are for the benefit of the people, to protect the rights human beings, which in a certain way corresponds to the State. Some Latin American States when they have incorporated these international instruments have stated that this has created a constitutional block or a constitutional block of human rights, since some of the norms that characterize its content are those that refer to protect human rights , and as generally where there is more abundance about them is in international human rights treaties, the constitutional block of human rights tends to be created when the human rights contained in international treaties are recognized. In countries such as Colombia and Argentina, adopting a constitutional bloc and being recognized by its highest court has been of great benefit, since in this way they have managed to harmonize internal sources with international sources of human rights, without upsetting their supremacy and protecting every moment human rights. For its part in Mexico, the issue has generated various debates, since while the constitutional reform of 2011 has constitutionalized human rights and at the same time has recognized that they will be those found in the Constitution and international treaties of which Mexico is a party, and with this the doctrine has interpreted that a constitutional block of human rights is given, the Supreme Court of Justice of the Nation has not recognized this figure, however, if it has recognized that there is a control parameter of constitutional regularity, which has only aroused more doubts. en
dc.description.abstract La internacionalización de los derechos humanos ha dado como resultado un vasto número de instrumentos internacionales, los cuales al ser adoptados de buena fe por los Estados deberán incorporarlos a sus ordenamientos, toda vez que estos instrumentos son para beneficio de las personas, para proteger los derechos humanos, que en cierta forma le corresponde al Estado. Algunos Estados latinoamericanos cuando han incorporado estos instrumentos internacionales han manifestado que con ello se ha creado un bloque constitucional o un bloque constitucional de derechos humanos, puesto que unas de las normas que caracterizan el contenido del mismo son aquellas que hacen referencia a proteger los derechos humanos, y como generalmente en donde más se abunda sobre las mismas es en los tratados internacionales de derechos humano, el bloque constitucional de derechos humanos tiende a crearse cuando se reconocen los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales. En países como Colombia y Argentina el adoptar un bloque constitucional y que su más alto tribunal lo reconozca ha sido de gran beneficio, pues de esta forma han logrado armonizar las fuentes internas con las fuentes internacionales de derechos humanos, sin trastocar su supremacía y protegiendo en todo momento los derechos humanos. Por su parte en México, el tema ha generado diversos debates, toda vez que si bien, la reforma constitucional de 2011 ha constitucionalizado los derechos humanos y a la vez ha reconocido que los mismos serán aquellos que se encuentran en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, y con ello la doctrina ha interpretado que se da un bloque constitucional de derechos humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ha reconocido esta figura, sin embargo, si ha reconocido que existe un parámetro de control de regularidad constitucional, con lo cual solo ha despertado más dudas. es_MX
dc.language.iso spa es_MX
dc.publisher Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo es_MX
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subject info:eu-repo/classification/cti/5
dc.subject FDCS-M-2019-0293 es_MX
dc.subject Procesal constitucional es_MX
dc.subject Tratados internacionales de derechos humanos es_MX
dc.subject Reforma 2011 es_MX
dc.subject Bloque constitucional es_MX
dc.title La constitucionalización de los derechos humanos y sus tratados internacionales en la perspectiva de la SCJN, una oportunidad para adoptar el bloque constitucional de derechos humanos es_MX
dc.type info:eu-repo/semantics/masterThesis es_MX
dc.creator.id COPC910515MMNNRN00
dc.advisor.id TOTR761230MMNRRS08|RAQF810707HMNMRR00
dc.advisor.role asesorTesis|asesorTesis


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