A corporation constitute a group of individuals who have made common objectives for the same purpose in this case to make a profit; these are the people who give life to society and can last to ninety-nine years and may end the society when they decide what they see fit or another factor assignment may be the case of bankruptcy. The extinction of a corporation is a complex legal process; since this society relates to others by creating an internal arrangement of legal links cannot be cut abruptly in a moment of social dissolution. Ensuring that contracted with it requires the guarantee contracts appropriate to the liquidation of the company, and we would definitely get partners in this dissolution of social bonds, depends on the outcome of the liquidation of links with third parties. Therefore we can say that the solution is not a simple process, but complex: the occurrence of a cause of dissolution solution process begins with the settlement of outstanding corporate business and ends with the division of company assets opens between partners. Note that this ongoing process is divided into three different studies which are: The realization of a cause of dissolution, liquidation and division of social equity. The first and third phases affect relations between partners with each other, while the second phase concerns the relationship between the company and third parties. It should be made clear that the extinction of a commercial company it must retain its legal personality. The solution does not cause the extinction of social relations or legal entity. Article 244 of the General Corporations Law provides that companies, even after dissolved, continue to exist for the purpose of liquidation.
Una Sociedad Anónima la constituyen un grupo de personas físicas que tienen objetivos en común realizada para un mismo fin en este caso obtener utilidades; estas personas son las que darán vida a la sociedad y puede durar hasta noventa y nueve años o pueden poner fin a la sociedad en el momento que ellos lo decidan o crean conveniente, otro factor de cesión puede ser el caso de quiebra. La extinción de una sociedad anónima es un proceso jurídico complejo; Ya que esta sociedad se relaciona con terceros creando una disposición interna de vínculos jurídicos que no pueden cortarse de golpe en un instante de la disolución social. La garantía de los que contrataron con ella exige que la garantía de sus contratos proceda a la liquidación de la sociedad, y lo que en definitiva los socios obtengan en esta disolución de vínculos sociales, depende del resultado de la liquidación de los vínculos con terceros. Por lo tanto se puede afirmar que la disolución no es un proceso simple, sino complejo: con el acontecer de una causa de disolución se abre un proceso de disolución que comienza con la liquidación de los negocios sociales pendientes y termina con la división del haber social entre los socios. Cabe mencionar que este proceso duradero se divide en tres estudios diversos los cuales son: La realización de una causa de disolución, la liquidación y la división del patrimonio social. Las fases primera y tercera afectan las relaciones entre socios entre sí, mientras que la fase segunda afecta las relaciones de la sociedad con terceros. Es necesario dejar en claro que la extinción de una sociedad mercantil esta debe conservar su personalidad jurídica. La disolución no produce la extinción de las relaciones sociales ni la del ente jurídico. El Articulo 244 de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que las sociedades, aun después de disueltas, conservaran su personalidad jurídica para los efectos de liquidación.