Federal Law on the Prevention and Identification of Operations Illicit Resources was published in the Official Gazette on 17 October 2012, entered into force on 17 July 2013, in order to protect the financial system and the national economy, establishing measures and procedures to prevent and detect acts and transactions that may involve illegal proceeds, so this bill proposes to establish a system of identification and reporting of certain acts or transactions related to operations that can be used by different organizations for their money laundering processes, by obligated parties established by this law. The rule of law was published in the Official Journal of the Federation (DOF) on August 16, 2013, while the general rules were published on 23 August. Derived from the members of the financial system and to apply the provisions of other laws to prevent and detect acts under this Act and to identify their customers, this paper attempts to list, in summary form, the obligations applicable to individuals moral and which are not members of the Mexican financial system. All obligations contained in this bill are generated from performing a vulnerable activity, economic activities that by their nature and characteristics, the type of goods sold or services provided by its operation and the law categorized as vulnerable activities.
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de octubre de 2012, entrando en vigor el 17 de julio de 2013, con el objetivo de proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos y operaciones que puedan involucrar recursos de procedencia ilícita, por lo que esta ley propone establecer un régimen de identificación y reporte de ciertos actos u operaciones vinculadas a operaciones que pueden ser utilizadas por distintas organizaciones para sus procesos de lavado de dinero, a cargo de los sujetos obligados establecidos por esta ley. El reglamento de la ley fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de agosto de 2013, mientras que las reglas de carácter general se publicaron el 23 de agosto pasado. Derivado de que los integrantes del sistema financiero ya aplican las disposiciones establecidas en otros ordenamientos para prevenir y detectar actos previstos en esta Ley y para la identificación de sus clientes, el presente trabajo pretende enumerar, en forma resumida, las obligaciones aplicables a las personas físicas y morales que no son integrantes del sistema financiero mexicano. Todas las obligaciones contenidas en la esta ley se generan a partir de la realización de una actividad vulnerable, las actividades económicas a las que por su naturaleza y características, por el tipo de bienes que comercializan o servicios que prestan y por su operación la ley las cataloga como actividades vulnerables.