The universality of human rights (HR) from a multicultural perspective, provides us with a broad overview of what is meant by them from different visions. HR tried to acquire the universal character since World War II, through the creation of the United Nations, which proposed them as nationally and internationally enforceable rights. The western paradigm has reserved the monopoly of creation about fundamental categories such as: life, justice, property, and others; which have shaped the law and the HR. In this sense, western culture has set the rights of every human being and what should be understood by them, excluding the different world views held about law and HR. As example, we have the indigenous practices. Indigenous law recognizes as its law and its HR the ones that are generated according to their worldview; position that clashes with what is clearly established by the State, whether national or international. The purpose of the research is to ascertain if, from indigenous practices the universal discourse of HR may or may not reconsidered, and if we could turn the latter into one more consistent with social diversity.
La universalidad de los Derechos humanos (DDHH) desde una óptica multiculturalista, nos permite contar con un panorama amplio de lo que se entiende por los mismos desde distintas perspectivas. Los DDHH pretendieron adquirir al carácter de universales a partir de la segunda guerra mundial, a través de la creación de la Organización de las Naciones Unidas, la cual los propuso como Derechos exigibles nacional e internacionalmente. El paradigma occidental se ha reservado el monopolio de la creación de categorías fundamentales como: la vida, la justicia, la propiedad, entre otras; las cuales le dieron forma tanto al Derecho como a los DDHH. En este sentido, la cultura de occidente, ha marcado cuáles serán los Derechos de cada ser humano y qué deberá entenderse por éstos; rechazando las diferentes cosmovisiones que se tienen sobre lo jurídico y sobre los DDHH. Como ejemplo se encuentran las prácticas indígenas. Los indígenas reconocen como su Derecho y como sus DDHH a los que se generan de acuerdo a sus formas de vida, y en general, conforme a su cosmovisión; posturas que chocan evidentemente con lo que se establece por el Estado ya sea nacional o internacional. El propósito de la investigación es conocer si a partir de las prácticas indígenas se puede o no replantear el discurso universal de los DDHH, y si puede hacerse de éste uno más consecuente con la diversidad social.