The case of Community law within the Italian constitutional law is an emblematic case, sui generis, within the framework of international law, since it came to lay the foundations on which rests the primacy of Community law within the European system. Were the famous cases Costa vs. ENEL and Simmenthal who came to revolutionize the system right not only in Italy, but within all that legal order. So, after these events, the Italian Constitutional Court no longer has the exclusive power to sanction and declare a law unconstitutional if it were contrary to Community law; from now on that power also he passed other judges. This scenario that emerged in Italian law since the years of 1964 and 1978, well we can move our own system of Mexican law, with what happened even before the constitutional reform of 2011 on human rights, when the Supreme Court of Justice as a result of this established relevant criteria for the hierarchy of international treaties on a par with the Constitution, compulsory and binding nature of the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights. In this line, is that resembles what happened to the Simmenthal case of Italy, it is also decentralized the power of the Supreme Court of the Nation itself, as happened with the Italian Constitutional Court.
El caso del derecho comunitario dentro del derecho constitucional italiano es un caso emblemático, sui generis, dentro del derecho internacional, ya que vino a sentar las bases sobre las cuales descansa la primacía del derecho comunitario dentro del sistema europeo. Fueron los célebres Casos Costa vs ENEL y Simmenthal los que vinieron a revolucionar el sistema de derecho no sólo de Italia, sino dentro de todo ese orden jurídico. Así, después de esos acontecimientos la Corte Constitucional Italiana dejó de tener la facultad exclusiva de sancionar y declarar como inconstitucional una ley cuando fuera contraria al derecho comunitario; de ahora en adelante esa potestad pasaba también a los demás jueces. Este panorama que surgió en el derecho italiano desde los años de 1964 y 1978, bien lo podemos trasladar a nuestro propio sistema de derecho mexicano, con lo sucedido incluso desde antes de la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación a raíz de ello estableció criterios relevantes en cuanto a la jerarquía de los tratados internacionales a la par de la Constitución, la obligatoriedad y vinculatoriedad de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por lo que en esta línea, es que se asemeja a lo ocurrido con el Caso Simmenthal de Italia, pues se descentraliza también el propio poder de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al igual que ocurrió con la Corte Constitucional italiana.